CLÁUSULAS SUELO: ¡POR FÍN TENEMOS LA TAN ESPERADA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA!
El día 21 de diciembre de 2.016 se ha dictado la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la que, en contra de lo establecido por el Tribunal Supremo español, al declararse nulas las cláusulas suelo hay que devolver íntegramente todas las cantidades abonadas de más y no desde la fecha del 9 de mayo de 2.013 como dictaminó nuestro Tribunal Supremo.
Entre otras cosas, esta importantísima sentencia nos dice que “los órganos jurisdiccionales deberán abstenerse de aplicar, en el ejercicio de su propia autoridad, la limitación de los efectos en el tiempo que el Tribunal Supremo acordó en la sentencia de 9 de mayo de 2013, puesto que tal limitación no resulta compatible con el Derecho de la Unión”.
Por lo que queda absolutamente claro que los bancos tienen que devolver todo el dinero abonado de más desde el principio y sin limitación alguna.